Cómo afecta la nueva ley de cotización de prácticas a los estudiantes universitarios y de FP
Comenzar tus prácticas formativas es uno de los momentos más emocionantes de tu etapa académica. Es tu primer contacto real con el mundo laboral, la oportunidad de aplicar todo lo que has estudiado y, muchas veces, la puerta de entrada a tu primer contrato.
Históricamente, este periodo tenía un lado oscuro. Los estudiantes trabajaban en hospitales, oficinas, colegios o talleres y ese tiempo se perdía en el limbo administrativo. A ojos del Estado, eras un fantasma. No existías para la Seguridad Social y esos meses no contaban absolutamente para nada en tu futuro laboral.
Todo esto ha dado un giro radical. Un cambio normativo histórico ha transformado por completo las reglas del juego para todos los estudiantes de España. Desde ahora, realizar prácticas implica cotizar.
Esta novedad ha generado una avalancha de dudas, miedos en las empresas y mucha confusión en las secretarías de los centros educativos. ¿Tengo que pagar algo? ¿Me van a quitar mi ayuda al estudio por estar dado de alta? ¿Qué trámites me obligan a hacer antes de empezar?
Voy a explicarte paso a paso, con total claridad y sin jerga burocrática, qué supone exactamente esta nueva obligación, cómo afecta a tu día a día como estudiante y qué pasos debes dar para asegurar que tus derechos se cumplen sin poner en riesgo tu financiación académica.
El fin de los becarios invisibles: Qué cambia realmente
Hasta hace muy poco, solo los estudiantes que realizaban prácticas remuneradas (las famosas becas en empresas donde te pagaban una ayuda al estudio) tenían derecho a cotizar a la Seguridad Social. La inmensa mayoría, que realizaba prácticas obligatorias sin cobrar ni un céntimo, quedaba completamente fuera del sistema.
La nueva normativa exige que absolutamente todos los alumnos que realicen prácticas formativas estén dados de alta en la Seguridad Social. Da igual si cobras o no cobras. Da igual si son cien horas o seiscientas.
Desde el primer minuto en el que pisas la empresa o la institución para formarte, te conviertes en un cotizante. El objetivo de esta medida es dignificar la figura del estudiante en prácticas, protegerte frente a accidentes y empezar a construir tu «mochila» de cara al futuro.
¿A quién afecta esta normativa de forma obligatoria?
Esta no es una medida exclusiva para un grupo selecto. La cobertura es universal dentro del sistema educativo español, abarcando tanto a la educación superior como a la formación profesional.
Si te encuentras en alguno de estos grupos, la cotización de tus prácticas es obligatoria por ley:
- Estudiantes Universitarios: Afecta a quienes cursan un Grado, un Máster (ya sea oficial o un título propio de la universidad) o un Doctorado.
- Estudiantes de Formación Profesional (FP): Incluye a los alumnos de Grado Medio, Grado Superior y Cursos de Especialización.
- Alumnos de Enseñanzas Artísticas Superiores, Deportivas y Diseño: También entran en el mismo paraguas protector.
Un aspecto crucial que debes entender es que la ley no distingue el tipo de práctica. Afecta por igual a las prácticas curriculares (las que son una asignatura obligatoria para sacarte el título) y a las extracurriculares (las que haces voluntariamente para coger más experiencia).
También puede interesarte conocer cómo estructurar tu expediente si decides cambiar de etapa; descubre nuestro artículo sobre si pierdes la Beca MEC al dejar la carrera por un Grado Superior.

Los beneficios reales: ¿Para qué te sirve cotizar ahora?
Es normal que a los veinte años la palabra «cotización» te suene a chino o a un problema del futuro. Sin embargo, estar dado de alta desde tu primer día de prácticas tiene ventajas inmediatas y a largo plazo que debes conocer.
En primer lugar, cada día que pases en la empresa suma para tu futura pensión de jubilación. Aunque lo veas lejísimos, empezar a sumar meses a tu vida laboral a los veinte años puede ser la diferencia entre jubilarte a los sesenta y cinco o tener que esperar un par de años más en el futuro.
Para compensar que en las prácticas no remuneradas no estás a jornada completa todos los días, la ley ha introducido una ventaja excepcional: cada día de prácticas no remuneradas se multiplica por 1,62 a efectos de cotización. Esto significa que sumarás días a tu vida laboral mucho más rápido de lo que marca el calendario.
En segundo lugar, obtienes protección inmediata. Si sufres un accidente yendo a tus prácticas (lo que se conoce como accidente in itinere) o dentro de la empresa, estás cubierto por la Seguridad Social. También se genera derecho a prestaciones por incapacidad temporal o permanente.
La gran advertencia: Lo que NO consigues con estas cotizaciones
Aquí es donde debemos ser muy claros para evitar falsas esperanzas. Cotizar en prácticas te suma días para la jubilación, pero no genera derecho a cobrar el paro.
Las prácticas formativas no cotizan por la contingencia de desempleo. Por lo tanto, si haces seis meses de prácticas en una empresa y al terminar no te contratan, no podrás ir al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a pedir el subsidio por desempleo basándote en este tiempo.
Tampoco cotizan para el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) ni para Formación Profesional. Es una cotización diseñada estrictamente para proteger tu salud hoy y tu jubilación mañana.
Tu única obligación: Conseguir el NUSS
Todo este sistema tiene un requisito previo fundamental, y es la única gestión burocrática que recae 100% sobre tus hombros antes de empezar: necesitas tener un Número de la Seguridad Social (NUSS).
El NUSS es un identificador único que te acompañará el resto de tu vida. Sin este número de doce cifras, ni tu universidad, ni tu instituto de FP, ni la empresa podrán darte de alta. Si no lo entregas a tiempo, paralizarás el inicio de tus prácticas.
Muchos estudiantes ya lo tienen sin saberlo. Si alguna vez has trabajado, aunque sea un fin de semana de camarero o de monitor de campamento, ya tienes tu propio NUSS.
Si nunca has trabajado, debes solicitarlo. Olvídate de madrugar para hacer cola en una oficina física. El trámite es completamente digital, gratuito e instantáneo.
Puedes hacerlo desde tu teléfono móvil o tu ordenador. Solo necesitas tener instalado el Certificado Digital, estar registrado en el sistema Cl@ve, o simplemente usar la opción de enviar un SMS a tu número de teléfono si tus datos ya figuran en la base de datos de la administración.

Toda la información oficial está disponible en el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social, donde encontrarás el enlace directo al trámite «Solicitar el Número de la Seguridad Social».
Quién hace el papeleo y quién paga la cuota
Uno de los mayores miedos de los estudiantes es pensar que de su escaso o nulo presupuesto mensual tendrán que pagar una cuota mensual al Estado. Quítate esa idea de la cabeza inmediatamente. Tú no pagas absolutamente nada.
El coste económico y la carga burocrática (hacer el alta y la baja en el sistema informático) se reparten entre la empresa y el centro educativo, dependiendo del tipo de prácticas.
En las prácticas no remuneradas
Si no cobras por tus prácticas, el coste de la cotización es una cuota empresarial fija por cada día de prácticas. Sin embargo, el Gobierno ha aplicado una bonificación del 95% sobre esta cuota para no asustar a las empresas.
El 5% restante es una cantidad irrisoria (apenas un par de euros al mes). La responsabilidad de pagar esta pequeña parte y de tramitar tu alta recae en la empresa o institución donde hagas las prácticas, salvo que el convenio que firmen diga expresamente que se hace cargo tu universidad o instituto.
En las prácticas remuneradas
Si tienes la suerte de estar en un programa de prácticas donde recibes una bolsa de ayuda al estudio, las reglas cambian un poco.
Aquí se aplican las reglas de cotización de los contratos formativos. La empresa que te acoge y te paga será la única responsable de tramitar tu alta, tu baja y de ingresar las cotizaciones correspondientes, descontando la pequeña parte obrera de tu ayuda mensual, exactamente igual que ocurriría con una nómina normal.
El impacto en la Beca MEC: ¿Corres peligro de perderla?
Llegamos a la duda reina, la que satura los foros y genera ansiedad en miles de universitarios. Si estás dado de alta en la Seguridad Social, ¿el Ministerio de Educación pensará que estás trabajando y te quitará la Beca MEC?
La respuesta corta y directa es: No. Tu beca está completamente a salvo.
El Ministerio de Educación cruza los datos con la Seguridad Social y Hacienda para comprobar si superas los umbrales de renta. Sin embargo, la administración sabe distinguir perfectamente entre un alta por un contrato de trabajo ordinario y un alta por prácticas formativas.
Si tus prácticas son no remuneradas, tus ingresos son cero. Estar de alta en la Seguridad Social en esta modalidad no suma ni un solo euro a tu declaración de la renta ni a la de tu unidad familiar. Por tanto, es matemáticamente imposible que afecte a los umbrales económicos de tu beca.
Si tus prácticas son remuneradas, el dinero que cobras sí se considera un rendimiento del trabajo. Pero no debes entrar en pánico. Para que esos ingresos afecten a tu Beca MEC del curso siguiente, la suma de lo que ganes en las prácticas más los ingresos del resto de tu familia tendría que superar el umbral máximo permitido por el Ministerio.
Como las ayudas por prácticas suelen ser de importes bajos (300, 500 o 600 euros mensuales) y duran unos pocos meses, es extremadamente raro que este dinero extra por sí solo te expulse del sistema de becas.
Si quieres ampliar esta información sobre cómo organizar tus ingresos durante el curso, consulta nuestra guía sobre estrategias para gestionar tu economía universitaria de forma eficiente.
Cómo comprobar que realmente te han dado de alta
No te fíes ciegamente de que todo el papeleo está hecho. En las primeras semanas de aplicación de esta ley, hubo un caos masivo y muchos centros olvidaron tramitar las altas a tiempo. Es tu responsabilidad velar por tus derechos.
La forma de comprobar que no eres un «falso invisible» es descargando tu Informe de Vida Laboral. Es un trámite que dura literalmente dos minutos desde el teléfono móvil.
Al descargar el documento, debe aparecer una línea con el nombre de la empresa o de tu universidad, indicando la fecha en la que empezaste. En la columna de tipo de contrato o situación, verás un código específico que indica «Prácticas formativas».
Si llevas dos semanas yendo al hospital o a la empresa y en tu vida laboral no aparece nada, da la voz de alarma inmediatamente a tu tutor del centro educativo. Hacer prácticas sin estar dado de alta es una infracción grave y te deja completamente desprotegido en caso de accidente.

El convenio especial: Cómo rescatar tus prácticas del pasado
¿Qué pasa si terminaste la carrera hace dos años y trabajaste gratis durante seis meses como becario en un estudio de arquitectura? ¿Has perdido ese tiempo para siempre mientras que los estudiantes de hoy sí cotizan?
Afortunadamente, la ley ha previsto una solución retroactiva para los antiguos estudiantes. Se ha creado la figura del «Convenio Especial».
Este mecanismo permite a cualquier persona que hubiera realizado prácticas formativas en el pasado, antes de que entrara en vigor esta ley, «comprar» ese tiempo perdido para sumarlo a su vida laboral. El límite máximo que se puede rescatar son cinco años (1.825 días).
La letra pequeña de este convenio es que, al ser retroactivo, debes ser tú quien pague de su bolsillo las cuotas atrasadas a la Seguridad Social. Es una inversión de futuro que cada exalumno deberá valorar si le compensa económicamente, dependiendo de los años que le falten para la jubilación y de su situación financiera actual.
Puedes consultar la normativa oficial en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para revisar los plazos exactos y las condiciones de abono de este convenio especial retroactivo.
Errores frecuentes que debes evitar
Para que tu experiencia sea perfecta, te resumo los tres errores clásicos que están cometiendo los alumnos desde que se aprobó esta ley:
- Dejar el NUSS para el último día: Las plataformas de la Seguridad Social a veces se caen o requieren un tiempo de validación si tus datos no coinciden. Solicita tu número semanas antes de empezar.
- Confundir prácticas con trabajo encubierto: Que cotices no significa que seas un empleado. No tienes vacaciones pagadas de la empresa, no debes hacer horas extras obligatorias y no te pueden exigir la responsabilidad de un trabajador de plantilla. Eres un estudiante formándote.
- Faltar a clase o a las prácticas sin justificar: Como estás dado de alta, el control de asistencia es ahora más estricto. Si causas baja médica por enfermedad, debes comunicarlo con un parte oficial tanto al centro de salud como a tu empresa, ya que afecta a tu cotización diaria.
Descubre otras ayudas para estudiantes que pueden complementar tus prácticas revisando nuestra sección de movilidad y formación continua.
Esta nueva normativa es un salto de gigante en los derechos de los jóvenes españoles. Se acabó regalar tiempo y esfuerzo sin dejar rastro en el sistema. Asegúrate de tener tu documentación al día, revisa tu vida laboral cuando empieces y céntrate en lo verdaderamente importante: aprender al máximo de los profesionales que te rodean y dar el primer paso firme hacia tu carrera laboral.
